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Instrucción 4/2025: medidas especiales para la autorización de regreso durante navidades 2025-2026

By ARC Legal Published on: diciembre 09, 2025

Con la llegada del periodo navideño y el aumento de desplazamientos internacionales, muchos extranjeros residentes en España se encuentran con sus tarjetas caducadas o en proceso de renovación justo antes de viajar. Para estos casos, la autorización de regreso vuelve a ser un documento imprescindible para garantizar una entrada legal al país tras las vacaciones.

La Instrucción 4/2025, emitida por la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, introduce medidas específicas aplicables desde el 24 de noviembre de 2025 hasta el 11 de enero de 2026, con el objetivo de agilizar la gestión de autorizaciones de regreso ante el incremento de solicitudes estacionales.

A continuación, puedes acceder al texto completo de la Instrucción 4/2025 publicada por la Policía Nacional:

⏺️ ¿Qué es la autorización de regreso?

Es un documento que permite volver a entrar en España cuando la autorización de residencia o estancia:

• Ha caducado, y ya se ha presentado la solicitud de renovación, o
• Está en trámite un duplicado por robo, pérdida o deterioro, o
• Se ha concedido una autorización inicial, pero aún no se dispone de la TIE.

💡En ARC Legal hemos elaborado una guía completa sobre la autorización de regreso, donde explicamos cada supuesto y los documentos necesarios.

Te dejamos el enlace aquí: Guía Autorización de Regreso 2025

⏺️ ¿Quién puede solicitar una autorización de regreso?

La autorización de regreso puede ser solicitada en los siguientes casos:

  1. Personas extranjeras con autorizaciones de residencia o estancia renovadas y en trámite, así como aquellos que hayan solicitado un duplicado de la TIE por robo, pérdida o deterioro.
  2. Personas con una tarjeta caducada cuyo procedimiento de renovación ya esté presentado, siempre que cumplan los requisitos documentales.

⏺️ Excepción temporal para viajes por tierra o mar

Esta Instrucción 4/2025 introduce la siguiente excepción: entre el 24 de noviembre de 2025 y el 11 de enero de 2026, los extranjeros que se presenten en frontera terrestre o marítima podrán entrar en España sin necesidad de tener autorizada previamente la autorización de regreso, siempre que acrediten:

  • Pasaporte o documento de viaje en vigor.
  • Tarjeta de residencia caducada.
  • Solicitud de renovación presentada.

Esta medida busca evitar la parálisis de expedición de tarjetas durante estos meses.

❌ Esta excepción no es válida para viajes por avión

⏺️ Importante: si viajas en avión, sí necesitas autorización de regreso

La Instrucción es clara: las personas que viajen por vía aérea deberán obtener la autorización de regreso antes de viajar, incluso si cumplen los requisitos mencionados para entradas terrestres o marítimas.

Esto se debe a que las aerolíneas pueden negar el embarque a pasajeros que no acrediten:

  • TIE en vigor, o
  • Autorización de regreso emitida por la Policía Nacional.

⏺️ Limitación territorial: válida solo para entrar en España

La autorización de regreso:

  • Solo permite entrar por puestos fronterizos españoles.
  • No es válida para cruzar fronteras de otros países Schengen.

Si realizas escalas en otros Estados miembros (p. ej. Francia, Alemania o Italia), podrías ser inadmitido en frontera. Por eso, es imprescindible que tu viaje de regreso sea directo a España o con escala fuera del espacio Schengen.

⏺️ Ciudadanos británicos y autorizaciones de regreso

La Instrucción 4/2025 incorpora un apartado específico para los ciudadanos del Reino Unido, titulares del documento de residencia temporal previsto en el artículo 18.4 del Acuerdo de Retirada.

💡 En ARC Legal Abogados tienes un artículo específico explicando con detalle como afecta esta novedad a los ciudadanos británicos:

– Quiénes pueden solicitar la autorización de regreso.
– Cómo afecta la renovación automática del documento.
– Qué documentación deben aportar los británicos residentes en España.
– Procedimiento, pasos y recomendaciones prácticas.

Puedes acceder al artículo en el siguiente enlace:

⏺️ En resumen

Si tienes previsto viajar entre finales de noviembre y principios de enero y tu tarjeta está caducada o en renovación:

  • Si viajas por tierra o mar, podría no ser necesaria la autorización de regreso (si cumples los requisitos).
  • Si viajas en avión, es obligatorio solicitarla.
  • La autorización solo es válida para entrar en España, no en otros países Schengen.
  • Si eres ciudadano británico, existe un régimen específico que explicaremos en un artículo dedicado.

ARC Legal Abogados puede ayudarte a valorar tu caso, revisar tu documentación y preparar la solicitud de autorización de regreso para evitar problemas a tu vuelta. No dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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Prefer to read this article in English 🇬🇧? You can find it here: Instruction 4/2025: Return Authorization for the Christmas Travel Period (2025–2026)

El contenido de este artículo tiene un carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. La normativa de extranjería está sujeta a continuos cambios interpretativos y administrativos. En ARC Legal hacemos todo lo posible por mantener la información actualizada y contrastada con fuentes oficiales, pero recomendamos siempre consultar con un profesional especializado antes de iniciar cualquier trámite o tomar decisiones legales. Si necesitas asesoramiento personalizado sobre tu situación, puedes contactar con nuestro despacho.

Harsh

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