Hoy, 3 de enero de 2025, se ha publicado en el BOE, la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia que incluye en su Disposición Final Vigesimoprimera la modificación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Esta modificación comprende la eliminación de los artículos 63 a 67, es decir, se produce la eliminación de todos los permisos de residencia por inversión en España, más conocidos como Golden Visa, en todas sus vertientes (inversiones inmobiliarias, fondos de inversión, etc).
Entrada en vigor: el próximo 3 de abril de 2025
La Ley 1/2025 entrará en vigor, en aquel contenido relativo a la Golden Visa, a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, el próximo 3 de abril de 2025.
¿Se pueden presentar todavía solicitudes de permisos de residencia por inversión?
Sí, rotundamente.
Dado que la eliminación de Golden Visa no entrará en vigor hasta el próximo 3 de abril de 2025, todas las solicitudes que sean presentadas con anterioridad al 3 de abril de 2025 serán tramitadas conforme a la normativa existente con anterioridad a la Ley Orgánica 1/2025. Por lo tanto, aquellos inversores que tengan intención de invertir en España para obtener un permiso de residencia, todavía están a tiempo de iniciar su solicitud.
¿Qué pasará a partir del próximo 3 de abril de 2025?
Aquellas personas que deseen obtener un permiso de residencia en España ya no podrán optar por la vía de la inversión. Sin embargo, existen otras alternativas legales, como los permisos de residencia no lucrativa, que pueden ser una excelente opción. En ARC Legal, analizaremos tu situación específica para ofrecerte el mejor asesoramiento y ayudarte a establecerte en España.
