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Voluntariado en España para extranjeros: cómo obtener la autorización de estancia

By ARC Legal Published on: julio 10, 2025
Guía completa sobre la autorización de estancia por voluntariado en España

España cuenta con una amplia red de entidades que promueven causas solidarias en áreas como la inclusión social, el medio ambiente, la educación o la cooperación al desarrollo. Muchas de estas organizaciones dependen de personas voluntarias dispuestas a dedicar tiempo, esfuerzo y conocimientos de forma altruista. Si eres ciudadano extracomunitario y deseas incorporarte a alguno de estos programas, necesitas tramitar una autorización de estancia por servicios de voluntariado.

⏺️ ¿Qué es la autorización de estancia por servicios de voluntariado?

Se trata de una autorización que permite a personas extranjeras no pertenecientes a la Unión Europea permanecer legalmente en España por un período superior a 90 días con el objetivo de participar en un programa de voluntariado sin ánimo de lucro, orientado al interés general y sin contraprestación económica, es decir, la actividad no está remunerada si bien está permitido el reembolso de gastos al voluntario o el pago de dinero de bolsillo.

Esta autorización se concede cuando el voluntariado se enmarca en un programa organizado por entidades legalmente constituidas e inscritas en los registros oficiales, incluyendo también iniciativas del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

⏺️ Requisitos para solicitar la autorización

Requisitos personales

  • No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza, ni familiar al que se le aplique el régimen comunitario.
  • No encontrarse en situación irregular en España.
  • No figurar como rechazable en los países con los que España tenga acuerdos en vigor.
  • No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
  • No padecer enfermedades graves con implicaciones en salud pública (según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005).
  • No tener antecedentes penales en los últimos cinco años (cuando la estancia sea superior a 6 meses y el solicitante sea mayor de edad penal).

Requisitos del programa de voluntariado

  • Estar admitido en un programa de voluntariado mediante un convenio firmado con la entidad organizadora.
  • El convenio debe detallar: actividades, duración, horarios, condiciones de supervisión, recursos para viaje, manutención y alojamiento, seguro de responsabilidad civil y, si aplica, formación recibida.
  • La entidad debe estar legalmente constituida e inscrita en el registro oficial correspondiente.

Medios económicos

  • Acreditar que se dispone de medios suficientes para cubrir la estancia y el regreso a su país.
  • Se exige, como mínimo, el 100 % del IPREM mensual, salvo que se haya abonado previamente el alojamiento.

Seguro médico

  • Contar con un seguro de enfermedad privado o público autorizado para operar en España, con coberturas similares a las del sistema público de salud.

⏺️ Procedimiento de solicitud

La solicitud debe presentarse en la Misión Diplomática u Oficina Consular española del país de residencia del solicitante, de forma presencial.

  • El plazo máximo para resolver es de un mes desde la presentación.
  • Si se concede, el visado debe recogerse en un plazo de dos meses.
  • La duración de la estancia será igual a la del programa, con un máximo de un año.

En estancias superiores a seis meses, el solicitante deberá solicitar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en la comisaría correspondiente.

⏺️ ¿Se puede trabajar con esta autorización ?

Sí, es posible trabajar por cuenta ajena o propia, pero con ciertas condiciones:

  • Las actividades laborales deben ser compatibles con el voluntariado.
  • La jornada laboral no puede superar las 30 horas semanales.
  • La vigencia de la autorización para trabajar coincidirá con la de la autorización de estancia de larga duración.

⏺️ ¿Necesitas ayuda para gestionar tu estancia por voluntariado en España?

En ARC Legal Abogados te acompañamos en cada paso del proceso: desde la preparación de la documentación hasta la presentación de la solicitud. Si ya tienes un programa asignado o estás valorando opciones, ponte en contacto con nosotros y analizaremos tu situación con detalle.

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El contenido de este artículo tiene un carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. La normativa de extranjería está sujeta a continuos cambios interpretativos y administrativos. En ARC Legal hacemos todo lo posible por mantener la información actualizada y contrastada con fuentes oficiales, pero recomendamos siempre consultar con un profesional especializado antes de iniciar cualquier trámite o tomar decisiones legales. Si necesitas asesoramiento personalizado sobre tu situación, puedes contactar con nuestro despacho.

Harsh

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