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El SES entra en funcionamiento en octubre de 2025: novedades clave para quienes viajan a España o al espacio Schengen

By ARC Legal Published on: julio 24, 2025
El nuevo sistema de entradas y salidas (SES) de la UE comenzará en octubre: cambios clave para viajeros no comunitarios

Se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2025/1534, que establece el marco para la entrada en funcionamiento progresiva del Sistema de Entradas y Salidas (SES) en las fronteras exteriores del espacio Schengen.

Aunque este Reglamento sienta las bases jurídicas para la activación del sistema, es importante tener en cuenta que, según ha confirmado la propia Unión Europea: “El Sistema de Entradas y Salidas (EES) aún no está operativo. Se prevé que comience en octubre de 2025. La Unión Europea confirmará la fecha de inicio varios meses antes de su puesta en marcha.

A continuación, puedes acceder al texto completo del reglamento publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea:

Si eres nacional de un tercer país y viajas a España por turismo, negocios o estancias de corta duración, este cambio te interesa.

⏺️ ¿Qué es el SES y por qué se crea?

El SES es un sistema informático centralizado que sustituirá el tradicional sellado manual de pasaportes. Registrará de forma automática y digital las entradas, salidas y denegaciones de acceso a nacionales de terceros países en los pasos fronterizos exteriores de la UE.

Además, el sistema recogerá datos biométricos (huellas y foto facial) y calculará de forma precisa los días de estancia restante, ayudando a detectar situaciones de sobreestancia o entradas múltiples irregulares.

⏺️ ¿Qué implica una “entrada en funcionamiento progresiva”?

El Reglamento 2025/1534 establece un período de 180 días durante el cual los Estados miembros podrán activar el sistema de forma gradual en sus pasos fronterizos, con o sin funcionalidades biométricas en una primera fase.

Durante ese periodo:

  • El pasaporte seguirá siendo sellado manualmente.
  • El sistema no generará alertas automatizadas de sobreestancia.
  • Las autoridades podrán considerar tanto los sellos como los registros del SES, según el caso.
  • Si no hay datos en el SES ni sello en el pasaporte, se podrá presumir una estancia irregular, salvo que se aporten pruebas.

⏺️ ¿Cómo afecta este cambio a quienes viajan a España?

Este nuevo sistema tiene implicaciones muy prácticas para los viajeros no comunitarios:

  1. Más control en frontera: tus entradas y salidas quedarán registradas digitalmente.
  2. Diferencias entre puntos de entrada: el sistema no se activará de forma idéntica en todos los países desde el primer día.
  3. Importancia de conservar pruebas de viaje: para evitar malentendidos si el sistema o el sello no reflejan con claridad tu estancia.
  4. Protección de datos garantizada: el uso de información personal estará regulado por el RGPD.
  5. No afecta a residentes legales ni titulares de visado nacional de larga duración, pero sí a quienes viajan por estancias cortas.

⏺️ ¿Y si hay fallos técnicos o largas colas?

El Reglamento permite que el SES se suspenda temporalmente en caso de:

  • Fallos técnicos.
  • Picos de tráfico que generen esperas excesivas.
  • Incidencias logísticas en la recogida de biometría.

En estos casos, los Estados podrán usar controles manuales, y notificarlo oficialmente a la Comisión Europea.

⏺️ ¿Qué ocurre si no hay registro en el SES?

Durante el despliegue progresivo, si un viajero no aparece en el sistema ni tiene sello en el pasaporte, podría presumirse una estancia irregular, salvo que aporte pruebas (billetes, entradas anteriores, visados…). Aun así, las decisiones no podrán basarse exclusivamente en la ausencia de datos en el sistema.

⏺️ ¿Cuándo entrará en funcionamiento el SES?

La Unión Europea ha confirmado que:

“El SES no está aún en funcionamiento. Se prevé su inicio en octubre de 2025. La fecha exacta se confirmará con antelación.”

Es decir, aunque el marco legal ya está en marcha, el sistema todavía no está activo. Y cuando lo esté, su despliegue será gradual, no automático.

¿Cómo podemos ayudarte desde ARC Legal?

En ARC Legal, podemos ayudarte si:

  • Tienes dudas sobre cuántos días puedes permanecer legalmente en España o en el espacio Schengen.
  • Has tenido problemas en frontera por falta de sello, errores o denegaciones de entrada.
  • Necesitas acreditar tu estancia legal ante las autoridades.
  • Te preocupa cómo afectarán estos cambios a tus futuros viajes o estancias.

Te asesoramos para que tu situación migratoria esté siempre clara, segura y bien documentada. Escríbenos o reserva una cita online con nuestro equipo para que analicemos tu caso.

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La información proporcionada en este artículo tiene un carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Aunque nos esforzamos por ofrecer datos actualizados y precisos, la normativa de extranjería está sujeta a cambios y a interpretaciones por parte de las autoridades competentes. Para obtener un asesoramiento personalizado y actualizado, recomendamos consultar con un abogado especializado

Harsh

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