La Dirección General de Gestión Migratoria (DGGM) ha publicado el Criterio de Gestión 2/2025, aclarando uno de los aspectos más relevantes y frecuentemente consultados en relación con las autorizaciones de residencia previstas en la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización: su duración.
⏺️ ¿A quién afecta este criterio?
Este criterio afecta a las personas extranjeras que solicitan una autorización de residencia en España bajo alguna de las siguientes categorías específicas de la Ley 14/2013:
- Emprendedores
- Profesionales altamente cualificados (PAC)
- Investigadores
- Trabajadores en traslado intraempresarial (ICT)
- Teletrabajadores de carácter internacional (visado para nómadas digitales)
Estas autorizaciones no se rigen por el régimen general de extranjería (LOEx y RLOEx), sino por un régimen específico, por lo que no se les puede aplicar de forma supletoria ninguna limitación sobre duración prevista en el régimen general.
⏺️ ¿Qué establece el nuevo criterio sobre la duración de las autorizaciones de residencia?
El criterio aclara que la duración de estas autorizaciones no puede ser inferior a 90 días naturales, siempre que así lo permita la Ley 14/2013 y conforme a las siguientes reglas específicas por tipo de autorización:
- Emprendedores: vigencia única de tres años (art. 69.1).
- Profesionales altamente cualificados: duración del contrato + 3 meses adicionales si el contrato es inferior a 3 años, con un límite máximo de 3 años (art. 71.3).
- Investigadores: duración del convenio de acogida o contrato, hasta un máximo de 3 años (art. 72.3).
- Movilidad intraempresarial (ICT): duración solicitada, vinculada al traslado. Máximo de 3 años para directivos o especialistas y de 1 año para trabajadores en formación (art. 73.3 y Directiva 2014/66/UE).
- Teletrabajadores internacionales: duración solicitada, con un máximo de 3 años (art. 74 quinquies.3).
Además, el criterio reitera que la normativa europea aplicable a los casos de profesionales cualificados, investigadores e ICT no impone restricciones a la duración, sino que la vincula a la duración de la actividad profesional.
A continuación, puedes acceder al texto completo del criterio de gestión publicado por la Dirección General de Gestión Migratoria:
⏺️ ¿Por qué es importante este criterio?
Este criterio resulta especialmente relevante tanto para los solicitantes como para las empresas o entidades que los apoyan, ya que:
- Refuerza la seguridad jurídica sobre la duración de las autorizaciones bajo el régimen de la Ley 14/2013.
- Permite solicitar autorizaciones ajustadas al periodo real de actividad, siempre dentro de los límites máximos legales.
- Desvincula estos procedimientos del régimen general de extranjería y evita que se les apliquen restricciones no contempladas por su normativa específica.
⏺️ Nuestra experiencia y cómo podemos ayudarte
En ARC Legal Abogados asesoramos a profesionales internacionales, startups y nómadas digitales en la obtención de autorizaciones bajo el régimen de la Ley 14/2013. Si estás planificando tu llegada a España o si ya resides aquí y necesitas renovar tu autorización, podemos ayudarte a definir la mejor estrategia y acompañarte durante todo el proceso.
Si tienes dudas sobre tu caso o necesitas orientación legal personalizada, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte.
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El contenido de este artículo tiene un carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. La normativa de extranjería está sujeta a continuos cambios interpretativos y administrativos. En ARC Legal hacemos todo lo posible por mantener la información actualizada y contrastada con fuentes oficiales, pero recomendamos siempre consultar con un profesional especializado antes de iniciar cualquier trámite o tomar decisiones legales. Si necesitas asesoramiento personalizado sobre tu situación, puedes contactar con nuestro despacho.
