El Gobierno de Estados Unidos ha anunciado una pausa temporal en la emisión de visados de inmigrante para nacionales de una amplia lista de países, como parte de una revisión general de sus políticas migratorias. La medida se enmarca en la línea marcada por la Administración Trump, que ha reiterado que las personas inmigrantes deben ser económicamente autosuficientes y no depender del sistema de ayudas públicas estadounidense.
⏺️ ¿Desde cuándo se aplica la suspensión y cómo afecta al procedimiento?
La suspensión será efectiva a partir del 21 de enero de 2026 y afecta exclusivamente a los visados de inmigrante.
Aunque pueda generar confusión, el Departamento de Estado ha aclarado que:
- Las solicitudes pueden seguir presentándose.
- Las entrevistas consulares no se cancelan y continuarán celebrándose con normalidad.
- Sin embargo, no se emitirán visados de inmigrante a nacionales de los países afectados mientras dure la pausa.
⏺️ Nacionalidades incluidas en la suspensión
La medida se aplica en función de la nacionalidad del solicitante, con independencia del país desde el que se tramite el visado o del consulado competente.
Los países incluidos son los siguientes:
Afganistán, Albania, Argelia, Antigua y Barbuda, Armenia, Azerbaiyán, Bahamas, Bangladés, Barbados, Bielorrusia, Belice, Bután, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Birmania (Myanmar), Camboya, Camerún, Cabo Verde, Colombia, Costa de Marfil, Cuba, República Democrática del Congo, Dominica, Egipto, Eritrea, Etiopía, Fiyi, Gambia, Georgia, Ghana, Granada, Guatemala, Guinea, Haití, Irán, Irak, Jamaica, Jordania, Kazajistán, Kosovo, Kuwait, Kirguistán, Laos, Líbano, Liberia, Libia, Moldavia, Mongolia, Montenegro, Marruecos, Nepal, Nicaragua, Nigeria, Macedonia del Norte, Pakistán, República del Congo, Rusia, Ruanda, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Tanzania, Tailandia, Togo, Túnez, Uganda, Uruguay, Uzbekistán y Yemen.
⏺️ ¿Existen excepciones a esta suspensión?
Sí. El Departamento de Estado ha confirmado una excepción relevante:
Las personas con doble nacionalidad que presenten la solicitud utilizando un pasaporte válido de un país no incluido en la lista no se verán afectadas por esta pausa y podrán continuar con el procedimiento con normalidad.
⏺️ ¿Se ven afectados los visados ya concedidos?
No. Esta medida no implica la revocación de visados de inmigrante ya emitidos. Tampoco afecta, en principio, a la validez de visados en vigor.
⏺️ Visados de turista y otros visados no inmigrantes
Es importante subrayar que esta suspensión no afecta a los visados de turista ni a otros visados no inmigrantes, como los de estudios o negocios.
⏺️ Un contexto que exige planificación
Aunque se trata de una medida presentada como temporal, su alcance es amplio y puede tener un impacto significativo en proyectos migratorios ya en marcha. En este contexto, resulta especialmente recomendable analizar cada caso de forma individual, teniendo en cuenta la nacionalidad, posibles dobles pasaportes y el tipo de visado solicitado.
Desde ARC Legal seguiremos atentos a cualquier actualización oficial que permita aclarar la duración de la suspensión y los criterios que finalmente se adopten tras la revisión en curso.
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