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Nueva Instrucción sobre el procedimiento de protección internacional en España

By ARC Legal Published on: marzo 17, 2025
Nueva instrucción del Ministerio de Interior sobre el procedimiento de protección internacional


La Secretaría de Estado de Seguridad y de la Subsecretaría del Ministerio del Interior ha publicado una nueva Instrucción Conjunta que regula el procedimiento de protección internacional en España. Su finalidad es unificar criterios y garantizar la seguridad jurídica de los solicitantes, así como establecer directrices claras para los funcionarios encargados de su tramitación.

Este documento introduce medidas destinadas a mejorar la eficiencia del procedimiento, reforzar los derechos de los solicitantes y garantizar la transparencia en el acceso a la protección internacional. A continuación, os dejamos la Instrucción sobre el Procedimiento de Protección Internacional:

⏺️ Acceso al Procedimiento de Protección Internacional

Toda persona que desee solicitar protección internacional en España tiene derecho a acceder al procedimiento sin requisitos previos. La solicitud se podrá presentar en los siguientes puntos habilitados:

  • Dirección General de Protección Internacional (DGPROINT).
  • Puestos fronterizos de entrada a España.
  • Comisarías de Policía habilitadas para este trámite.
  • Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE).


Se entenderá que una solicitud de protección internacional ha sido formulada a partir del momento en que las personas manifiesten su voluntad de pedir esa protección ante el funcionario público al que se dirige la presente Instrucción. La manifestación de voluntad de solicitar protección internacional es un acto personalísimo y debe realizarse de manera individual, salvo en casos de imposibilidad física o legal.

  • No es necesario presentar documentación acreditativa como pasaporte, documento de identidad o certificado de empadronamiento para acceder al procedimiento.
  • No se puede realizar una valoración inicial que condicione el acceso en función de la motivación de la solicitud.
  • La situación administrativa del solicitante en España no afecta su derecho a solicitar protección internacional.
  • No es necesario certificado de empadronamiento.

⏺️ Garantía del Principio de No Devolución

Desde el momento en que una persona manifiesta su voluntad de solicitar asilo, se aplica el principio de no devolución, que impide la expulsión o devolución del solicitante hasta que su caso sea resuelto.

La manifestación de voluntad se documentará en un documento de manifestación de voluntad de presentar solicitud de protección internacional.

⏺️ Condiciones previa a la formalización de la solicitud

En el momento y lugar que se formalice la solicitud, se deberá de solicitar a la persona solicitante información clara y comprensible, por escrito y oralmente, en un idioma que comprenda los siguientes aspectos legales:

  • Información básica sobre sus derechos y obligaciones, así como los efectos jurídicos de su solicitud.
  • Información básica sobre el procedimiento de reconocimiento de la protección internacional.
  • Información sobre la autorización excepcional de residencia por razones de protección internacional.

Todas las solicitudes y documentos deberán ser firmados por solicitante, funcionario, asistentes legales e interpretes. El funcionario deberá considerar si el solicitante requiere medidas especiales de apoyo.

⏺️ Procedimiento para la formalización de la solicitud

Entrevista Personal

La formalización de la solicitud de protección internacional requiere la realización de una entrevista personal obligatoria, en la que el solicitante debe exponer los motivos que fundamentan su petición de asilo. Esta entrevista es un elemento clave dentro del procedimiento, ya que permite recopilar información detallada sobre la identidad del solicitante, su historia personal y las circunstancias específicas que justifican su solicitud.

El desarrollo de la entrevista sigue una estructura clara y definida. En primer lugar, se lleva a cabo el registro de los datos personales y filiación de la persona solicitante. En esta fase, se documentan aspectos fundamentales como el nombre completo, la fecha y lugar de nacimiento, la nacionalidad o nacionalidades, y los datos de sus progenitores o familiares cercanos. También se recoge información sobre su trayectoria migratoria, es decir, el itinerario seguido hasta su llegada a España, así como cualquier solicitud previa de asilo presentada en otro país. La exactitud de estos datos es fundamental, por lo que el solicitante debe asegurarse de que toda la información proporcionada es correcta y corresponde con la documentación disponible, si la hubiera.

La segunda parte de la entrevista se centra en el relato de los hechos que justifican la solicitud de protección internacional. En este apartado, el solicitante debe describir detalladamente las razones que le llevaron a abandonar su país, especificando los actos de persecución sufridos o los riesgos que enfrentaría en caso de retorno. Es importante que la persona identifique quiénes han sido los agentes de persecución, qué tipo de amenazas ha recibido y si ha intentado buscar protección en su país antes de decidir huir. También se le preguntará sobre las condiciones en las que vivía y si considera que existe alguna posibilidad de encontrar seguridad en otra región dentro de su país de origen.

Durante la entrevista, el funcionario encargado debe actuar con objetividad, limitándose a registrar fielmente el relato del solicitante sin realizar valoraciones personales ni juicios sobre la credibilidad de la declaración. No obstante, en caso de que existan contradicciones o vacíos en la información proporcionada, se ofrecerá al solicitante la oportunidad de aclarar cualquier aspecto que pueda generar dudas sobre su testimonio.

El procedimiento contempla también la posibilidad de que la entrevista sea asistida por un intérprete, en caso de que el solicitante no hable español con fluidez. Además, el solicitante puede estar acompañado por su abogado o representante legal, quien podrá formular preguntas complementarias una vez que la entrevista haya concluido.

Al finalizar, se entrega al solicitante una copia del documento que recoge el contenido de la entrevista. Se le brinda la posibilidad de revisarlo antes de firmarlo, con el fin de verificar que toda la información ha sido registrada correctamente. Si considera que existen errores o imprecisiones, puede solicitar que se realicen correcciones antes de proceder con la firma.

Esta entrevista personal es, en muchos casos, la única oportunidad que tendrá el solicitante para exponer sus razones ante las autoridades competentes, por lo que es fundamental que proporcione un relato detallado, claro y coherente sobre su situación. La información obtenida en esta fase servirá como base para la evaluación de la solicitud y la posterior toma de decisión por parte de la Dirección General de Protección Internacional.

⏺️ Documentación a aportar en la solicitud de protección internacional

La persona solicitante deberá aportar toda la documentación que disponga sobre:

  • Identidad, edad y nacionalidad.
  • Vínculo con los demás miembros d ella unidad familiar.
  • Itinerarios y documentos de viaje.
  • Solicitudes previas de protección internacional u otra documentación sobre cualquier procedimiento de reasentamiento o admisión humanitaria.
  • Acreditación de los motivos para solicitar

La documentación podrá presentarse tras la entrevista, lo antes posible, a través del formulario web habilitado, registros administrativos o sede electrónica dirigida a la Subdirección General de Instrucción de Protección Internacional y Apatridia.

⏺️ Lugar donde se asegure la confidencialidad

La entrevista para la formalización de la solicitud de protección internacional debe llevarse a cabo en un entorno que garantice la confidencialidad y el respeto a la persona solicitante. La instrucción establece que estas entrevistas deben realizarse en espacios cerrados o separados del resto de las dependencias, asegurando un ambiente adecuado en el que el solicitante pueda exponer con tranquilidad los hechos que fundamentan su solicitud.

Para reforzar esta confidencialidad y evitar cualquier posible presión psicológica sobre la persona entrevistada, se dispone que el funcionario encargado de la entrevista no vista uniforme policial durante la misma. Esta medida tiene como objetivo reducir la percepción de intimidación y crear un entorno más propicio para que el solicitante relate su historia con total libertad.

Además, se establece que, en la medida de lo posible, la entrevista deberá ser realizada por una persona del mismo sexo que el solicitante si este lo requiere expresamente.

⏺️ Asistencia Jurídica e Intérpretes

Toda persona que solicite protección internacional tiene derecho a recibir asistencia jurídica gratuita, que podrá ser prestada por:

  • El turno de oficio del Colegio de Abogados correspondiente.
  • Organizaciones no gubernamentales especializadas.
  • Un abogado particular contratado por el solicitante.

Asimismo, se garantiza la presencia de intérpretes, quienes podrán ser:

  • Elegidos por el propio solicitante.
  • Asignados por la administración a través de contratos oficiales.
  • Proporcionados por ACNUR o una ONG colaboradora.

Si no se puede garantizar la disponibilidad de un intérprete en el momento de la solicitud, la entrevista deberá posponerse hasta contar con los medios adecuados.

⏺️ Documentación que te deberá ser entregada en la solicitud de protección internacional

Las personas que solicitan protección internacional en España reciben documentación oficial que acredita su condición de solicitantes y les permite ejercer ciertos derechos mientras se resuelve su caso. Este proceso de documentación es esencial para garantizar la seguridad jurídica de los solicitantes y su acceso a servicios básicos durante el procedimiento.

Resguardo de Solicitud y Tarjeta Roja

En el momento en que una persona manifiesta su voluntad de solicitar protección internacional, se le entrega un resguardo de presentación de solicitud (hoja blanca), un documento que acredita su condición de solicitante y que le otorga la protección del principio de no devolución. Este resguardo tiene una validez inicial de nueve meses y le permite permanecer legalmente en España mientras su solicitud está en trámite.

Si después de ese período la solicitud sigue en proceso, se expide la tarjeta roja, un documento que sustituye al resguardo y que se renueva periódicamente hasta que se resuelva el expediente.

⏺️ Conclusiones

La Instrucción Conjunta del Ministerio del Interior establece un marco normativo detallado para garantizar un procedimiento de protección internacional transparente y accesible.

Desde ARC Legal, ofrecemos asesoramiento especializado en extranjería y protección internacional, asegurando que cada caso se tramite con rigor y las máximas garantías legales. Para más información sobre el proceso de asilo en España o para recibir asistencia legal, contáctanos.

Harsh

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