El proceso de regularización extraordinaria previsto para 2026 continúa avanzando.
Tras la publicación del Proyecto de Real Decreto que modifica el Real Decreto 1155/2024, se abrió el trámite de audiencia e información pública para la presentación de aportaciones por parte de los distintos actores institucionales y sociales. Esa fase ya ha finalizado.
El siguiente paso consiste en el análisis técnico de las observaciones recibidas. El texto podrá ser ajustado en función de los informes ministeriales preceptivos, así como del dictamen del Consejo de Estado. Una vez incorporadas, en su caso, las modificaciones pertinentes, el texto será elevado al Consejo de Ministros para su aprobación definitiva y posterior publicación en el BOE.
Hasta ese momento, el contenido del proyecto no es definitivo y puede estar sujeto a modificaciones.
En este contexto, analizamos qué puede suponer esta regularización para las personas solicitantes de protección internacional.
⏺️ La regularización extraordinaria para solicitantes de asilo
La información que se expone a continuación está basada exclusivamente en el Proyecto de Real Decreto actualmente en tramitación. Al tratarse de un texto provisional, su contenido puede modificarse antes de su aprobación definitiva.
Si has solicitado asilo en España y tu procedimiento sigue pendiente, esta posible regularización puede abrir una oportunidad importante para estabilizar tu situación. El proyecto introduce una nueva redacción de la Disposición Transitoria Quinta (DT5ª), específicamente dirigida a personas que hayan solicitado protección internacional.
⏺️ ¿Quién podría acogerse a la regularización extraordinaria 2026 como solicitante de asilo?
Podrían solicitar esta autorización de residencia por circunstancias excepcionales por razones de arraigo por vía de regularización extraordinaria aquellas personas que hubieran presentado su solicitud de protección internacional antes del 31 de diciembre de 2025, que se encuentren en España en el momento de presentar la solicitud y que formalicen el trámite dentro del plazo previsto, que finalizaría el 30 de junio de 2026.
⏺️ Requisitos principales para acogerse a la regularización para solicitantes de asilo
El texto proyectado establece que la persona solicitante deberá:
- Haber presentado la solicitud de protección internacional antes del 31 de diciembre de 2025
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los cinco años anteriores a su entrada en España, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
- No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
- No tener prohibida la entrada en España ni figurar como rechazable en países con los que España tenga convenio en tal sentido.
- No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno.
- Abonar la tasa correspondiente.
⏺️ Autorización provisional de residencia y trabajo
Uno de los aspectos más relevantes que incluye el proyecto es que la mera admisión a trámite de la solicitud conllevaría la obtención de una autorización provisional para residir y para trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia en cualquier sector y en todo el territorio nacional.
Si finalmente se concede la autorización definitiva, sus efectos se retrotraerían al momento en que se otorgó la autorización provisional.
La denegación supondría la pérdida automática de la autorización provisional.
⏺️ Suspensión de retorno y de otros procedimientos
Uno de los efectos más relevantes que contempla el Proyecto de Real Decreto es el impacto directo que tendría la mera presentación de la solicitud en la situación administrativa de la persona solicitante.
En primer lugar, si la persona se encuentra afectada por un procedimiento de retorno o ya existe una decisión de retorno dictada por encontrarse en situación irregular —por ejemplo, por no haber renovado en plazo una autorización anterior o por haber trabajado sin autorización válida— la presentación de la solicitud de regularización supondría la suspensión automática tanto del procedimiento como de la ejecución de la decisión.
Esto significa que, mientras se tramita la solicitud extraordinaria, no podría ejecutarse la expulsión basada en esos motivos. Y si la resolución fuese favorable, el procedimiento de retorno se archivaría y la decisión quedaría revocada.
En segundo lugar, el texto proyectado establece que la presentación de esta solicitud paraliza y suspende cualquier plazo pendiente de otros procedimientos iniciados con anterioridad por la misma persona. Esto incluye procedimientos de protección internacional, solicitudes de residencia o de residencia y trabajo que se encuentren en tramitación.
Este aspecto es especialmente delicado desde el punto de vista estratégico. La suspensión implica que el procedimiento de asilo quedaría en pausa hasta que exista resolución firme sobre la solicitud de regularización. Por tanto, antes de optar por esta vía será necesario analizar cuidadosamente el estado del expediente de protección internacional, la fase en la que se encuentra y las posibilidades reales de éxito.
En definitiva, no se trata únicamente de una nueva autorización de residencia, sino de una decisión que puede alterar el curso de procedimientos ya iniciados. Por eso, cada caso debe estudiarse con detalle antes de activar esta opción.
⏺️ Situación de hijos y familiares
El Proyecto de Real Decreto introduce medidas de flexibilidad importantes cuando la persona solicitante de protección internacional tiene hijos menores o mayores con discapacidad a su cargo.
En estos casos, se permitiría presentar de forma simultánea la solicitud de residencia para los hijos junto con la del progenitor, evitando así procedimientos separados y posibles periodos de incertidumbre jurídica. Además, en determinados supuestos se eximiría del requisito general de permanencia previa de dos años y de la acreditación de medios económicos y vivienda adecuados, lo que supone una diferencia relevante respecto al régimen ordinario.
También se contempla la posibilidad de que determinados familiares directos puedan regularizar su situación al mismo tiempo, sin tener que cumplir algunos de los requisitos habituales del arraigo social.
Para muchas familias solicitantes de asilo, este punto puede ser determinante, ya que no solo afecta a la persona principal, sino a la estabilidad jurídica de todo el núcleo familiar.
⏺️ Cómo podemos ayudarte en ARC Legal Abogados
En ARC Legal analizamos cada expediente de protección internacional teniendo en cuenta las últimas novedades normativas y el estado real de tramitación del Proyecto de Real Decreto.
Evaluamos riesgos, compatibilidades con el procedimiento de asilo en curso y diseñamos la estrategia más segura para cada perfil.
Si eres solicitante de protección internacional y quieres anticiparte a los posibles escenarios de 2026, podemos ayudarte a valorar tus opciones con rigor jurídico y visión estratégica.
Publicaciones relacionadas
- Regularización extraordinaria de extranjeros 2026: audiencia pública del Proyecto de Real Decreto
- Regularización extraordinaria 2026: el Gobierno sitúa el inicio del plazo en torno a abril
- Regularización extraordinaria 2026: fechas clave para solicitar la residencia en España
Prefer to read this article in English 🇬🇧? You can find it here: Extraordinary Regularization 2026: What asylum seekers need to know
La información proporcionada en este artículo tiene un carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Aunque nos esforzamos por ofrecer datos actualizados y precisos, la normativa de extranjería está sujeta a cambios y a interpretaciones por parte de las autoridades competentes. Para obtener un asesoramiento personalizado y actualizado, recomendamos consultar con un abogado especializado.
