Si has sido admitido en un programa de doctorado en España y todavía resides en otro país, el procedimiento migratorio ha cambiado.
Ya no debes comenzar solicitando directamente un visado de estudios ante el Consulado de España. Primero tienes que obtener una autorización nacional de residencia para investigación ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, más conocida como UGE-CE. Una vez concedida, podrás solicitar el visado de investigador y viajar a España.
Una vez concedida la autorización, podrás solicitar el visado de investigador y viajar a España.
💡Si quieres saber más sobre el nuevo criterio de residencia aplicable a los estudiantes de doctorado, puedes consultar nuestro artículo completo aquí: Los estudiantes extranjeros de doctorado deberán solicitar una autorización de residencia para investigación
Te explicamos cómo funciona el procedimiento y qué debes preparar antes de presentar la solicitud.
⏺️ El procedimiento comienza antes de viajar a España
La autorización de residencia se solicita electrónicamente mientras el estudiante de doctorado todavía se encuentra en el extranjero.
La solicitud no se presenta ante una Oficina de Extranjería ni directamente ante el Consulado. Debe tramitarse a través de la sede electrónica habilitada para las autorizaciones de movilidad internacional de la Ley 14/2013.
Puede presentar la solicitud el propio estudiante, la universidad o un representante debidamente autorizado. Por tanto, no es necesario viajar previamente a España para iniciar el procedimiento.
Una vez presentada la solicitud, la UGE comprobará que el estudiante cumple los requisitos y que la documentación aportada es suficiente. Si la resolución es favorable, comenzará la segunda fase: la solicitud del visado de investigador ante el Consulado de España correspondiente al lugar de residencia del interesado.
El orden correcto es, por tanto, obtener primero la autorización de residencia y solicitar después el visado.
⏺️ Presentación de la solicitud ante la UGE
Cuando toda la documentación está preparada, la solicitud se presenta electrónicamente ante la UGE como una autorización inicial para una persona que reside fuera de España.
La tasa administrativa debe abonarse también por vía electrónica mediante el modelo 790, código 038. Si el estudiante no dispone de los medios electrónicos necesarios, su representante puede realizar el pago en su nombre.
Después de enviar el expediente, la plataforma genera un justificante de presentación. A partir de ese momento, las notificaciones y los posibles requerimientos se reciben electrónicamente.
⏺️ ¿Cuánto tarda la autorización?
El plazo legal máximo de resolución es de 20 días desde la presentación electrónica.
Si la UGE solicita documentación adicional, el cómputo del plazo puede quedar suspendido hasta que el estudiante responda al requerimiento. Por eso es importante presentar desde el principio un expediente completo, coherente y correctamente organizado.
La autorización puede concederse por la duración del programa, con un máximo inicial de tres años. Para determinar este periodo, la UGE tendrá en cuenta las fechas indicadas en la documentación expedida por la universidad.
⏺️ Después de recibir la resolución favorable
La autorización de residencia es el primer paso, pero no sustituye al visado.
Cuando el estudiante recibe la resolución favorable, debe solicitar el visado de investigador ante el Consulado de España competente según su lugar de residencia.
El Consulado comprobará la autorización y podrá solicitar documentación adicional, como el pasaporte, el formulario de visado, fotografías, el certificado médico, los antecedentes penales y la acreditación de residencia dentro de su demarcación consular.
Los requisitos prácticos y el sistema de citas pueden variar entre consulados. Por ello, deben revisarse las instrucciones específicas de la oficina consular correspondiente.
Una vez expedido el visado, el estudiante podrá viajar a España. Si la autorización tiene una duración superior a seis meses, deberá solicitar su Tarjeta de Identidad de Extranjero después de su llegada.
⏺️ Cómo puede ayudarte ARC Legal
En ARC Legal podemos preparar y presentar tu solicitud de residencia para investigación mientras todavía te encuentras fuera de España.
Revisamos la documentación de la universidad, los medios económicos, el seguro médico y los antecedentes penales. También gestionamos los formularios, la tasa administrativa, la presentación electrónica ante la UGE y el seguimiento del expediente hasta recibir la resolución.
Podemos actuar como tus representantes y gestionar el procedimiento a distancia, además de orientarte durante la posterior solicitud del visado y tu llegada a España. Si tienes alguna pregunta sobre el procedimiento o quieres que revisemos tu caso antes de presentar la solicitud, no dudes en contactar con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte.
Publicaciones relacionadas
- ¿Puedo solicitar una autorización de residencia como nómada digital si estoy en España como estudiante?
- Los estudiantes extranjeros de doctorado deberán solicitar una autorización de residencia para investigación
- Doctorandos e investigadores en España: el nuevo permiso de residencia y su impacto en la nacionalidad española
Prefer to read this article in English 🇬🇧? You can find it here: How to apply for a PhD Residence Permit from outside Spain
El contenido de este artículo tiene un carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. La normativa de extranjería está sujeta a continuos cambios interpretativos y administrativos. En ARC Legal hacemos todo lo posible por mantener la información actualizada y contrastada con fuentes oficiales, pero recomendamos siempre consultar con un profesional especializado antes de iniciar cualquier trámite o tomar decisiones legales. Si necesitas asesoramiento personalizado sobre tu situación, puedes contactar con nuestro despacho.
